Si estás interesado en contratar formación complementaria Plus te interesa.
Para contratación de Formación Profesional.
| FISCALIDAD:
El proveedor puede ser cualquier empresa de formación, con la condición de que esté registrada como tal y el contenido esté relacionado con el desarrollo profesional del trabajo.
El importe total destinado a la Formación Profesional está exento de tributar al IRPF.
| PROVEEDOR:
Indiferente (pero chequeado por las áreas de RRHH).
| CONDICIONES:
El proveedor puede ser cualquier empresa de formación, con la condición de que esté registrada como tal y el contenido esté relacionado con el desarrollo profesional del trabajador en base a unos criterios generales definidos.
| CONTRATACIÓN:
En la apertura general y en cualquier momento posterior.
El producto estará disponible para su contratación los días 1 a 10 de cada mes.
| DETRACCIÓN NÓMINA:
Descuentos meses generados. No financiación del curso.
| EN CASO DE BAJA:
El socio será baja en el momento en que se haya producido su baja en la empresa, regularizándose los saldos pendientes en el finiquito.
| Si quiero hacer un Curso o Master, ¿Cómo tengo que hacer para que se me tenga en cuenta en el sistema?
En primer lugar debes acudir al área de RRHH de tu Negocio e informar sobre el curso y forma de pago, y si el área de RRHH da el visto bueno (entendiendo que tiene sentido como formación profesional en el ámbito de la empresa), tramitarán el alta en el sistema de Mercer.